Despidos en La Oka

Ayer la empresa convocó a la Sección Sindical a una reunión, sin querer decirnos para qué era. Una vez allí, nos informó que despedía a dos de nuestras compañeras.

La razón que la empresa dio es “que son caras”. Con ese razonamiento, los cargos más caros son los de Dirección, por lo que son ellos quienes deberían irse a la calle, según su propia lógica. Otra de las razones es que “la tienda de Las Arenas es cara”. Eso tampoco es ninguna causa, lo que hay que hacer es atender al negocio, cuidarlo y centrarse en el mismo, cosa que hace años que la Dirección no hace y desde la Sección Sindical reclamamos. Ellos la cagan pero los y las trabajadoras lo pagamos.

No tienen ningún argumento. No hay ninguna razón objetiva. Han manejado la empresa como si fuese su cortijo, donde los y las trabajadoras no tenemos derechos, esas son sus razones.

Ante un ataque a toda la plantilla, tenemos que decirles que ya basta: No vamos a permitir despidos. Ninguno. Da igual quedarse callado, eso no va a servir de nada. Ni siquiera ser un esclavo o siervo, decir que sí a todo lo que la empresa diga asegura el puesto. Solo juntándonos podremos hacer frente a este tipo de ataques.

Y que no se nos olvide, somos nosotras, los y las trabajadoras las que hacen que esta empresa funcione. Por muchos cuentos de la lechera que tenga en mente la Dirección.

Os iremos informado.

SOLIDARIDAD CON LAS COMPAÑERAS DESPEDIDAS

NINGÚN DESPIDO SIN RESPUESTA

Descuelgue – Resumen de la primera reunión con la empresa

El martes 21 de marzo, nos reunimos con la empresa para iniciar el periodo de negociaciones para tratar el descuelgue del convenio que propone la empresa. A la reunión acudimos la delegada de la sección sindical junto a un asesor del sindicato. Por parte de la empresa acudió Eusebio junto a dos abogados, un asesor de UGT y la delegada de personal. Leer más…

¿Qué significa “incapacidad”?

Hablando de pensiones y de Seguridad Social, la palabra incapacidad adquiere un significado propio de suma importancia. En general, se trata de no tener capacidad para trabajar, y claro, el reconocimiento oficial o legal de que no se tiene. Pero se puede estar incapacitado de muchas maneras, y con muy distintos efectos.

Incapacidad es no ser capaz de desempeñar un trabajo, y que esa imposibilidad se reconozca por quien corresponda en cada caso.

Hay varios tipos de incapacidad en la esfera de la Seguridad Social, con efectos muy diversos, con requisitos distintos y con sus propios tiempos. Leer más…

Información sobre la reunión con la empresa de los calendarios

La última semana de enero tuvimos una reunión con la empresa para hablar de los calendarios de 2016.

Tras facilitarnos la empresa su propuesta de calendarios para la plantilla, observamos varios errores en varias de las propuestas, en las que se hacía trabajar más horas anuales de las que vienen en los contratos. Esto se lo hemos comunicado a la empresa, y ha corregido varios, pero no todos. Os recomendamos que comparéis las horas anuales de vuestros contratos y la propuesta de horas anuales de los calendarios. Y si tenéis dudas, consultad con la sección. Leer más…

EL TSJPV nos ha dado la razón con los calendarios de 2015

Compañeras y Compañeros:

Desde la Sección Sindical de CNT queremos informaros sobre varias cuestiones que os van a ser de interés:

Acuerdo con la empresa: El lunes 26 de octubre llegamos la empresa y la Sección llegamos a un acuerdo por el que ATACO nos reconoce los derechos de información y consulta, tal como reconoce la Ley de Libertad Sindical. Esto es una buena noticia, ya que estaremos en todas las reuniones que se celebren para abordar cuestiones que nos afectan a los y las trabajadoras. De esta manera defenderemos mejor los derechos de todos y todas, tal como veníamos haciendo hasta ahora. También comentar que esto está firmado, y muestran su conformidad tanto UGT como Sonia Gil. La Sección, a su vez, reconoce el acuerdo que esta vez impugnamos.

Calendarios 2015: Por otro lado, sobre los calendarios de este año, el 28 de Octubre el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco nos dio la razón. Leer más…

Sobre la sentencia que insta a la empresa a aplicar el convenio

A finales de abril, como ya os hemos ido informando, celebramos el juicio en el que pedíamos que se aplicase el Convenio Sectorial en La Oka, que la empresa tiene la obligación de aplicar. El tribunal nos dio la razón, tienen que aplicar el convenio.

Sólo pedimos que se cumpla la ley, algo que la empresa, como ha quedado demostrado, incumple constantemente. Antes del juicio pasamos una serie de peticiones de salud laboral (la gran ausente en La Oka), como forma de entablar una vía de diálogo y no llegar a juicio, pero la empresa prefirió ir a juicio (aunque pierda, algo poco racional) y no dialogar.

La empresa se está comportando como un niño que no sabe perder. Va de “papá empresa”, pero como no ha conseguido lo que quiere (es ilegal), se enfada y nos amenaza a todos los trabajadores. Una pena que los gestores (que deberían ser unos profesionales) se comporten infantilmente.

Hay muchas situaciones personales diferentes; sin embargo, somos profesionales y todas las trabajadoras de la Oka hacemos que cada día esta empresa funcione. Esto no se nos ha de olvidar.

Por nuestra parte, os informamos sobre lo que la empresa no ha dicho “ni mú”:

Sin títuloEn el art. 19. del Convenio dice que la jornada se desarrollará de lunes a sábado, y entre mayo y septiembre la empresa debe pagar un 75% más por cada sábado tarde trabajado (o contratar a tiempo parcial). Esto es de cumplimiento obligatorio.

Y por último, recordaros que es responsabilidad de la empresa la correcta organización de los tiempos de trabajo y jornada, por lo que si hasta ahora lo han hecho mal, es su responsabilidad, no de los y las trabajadoras de La Oka.

La SECCIÓN SINDICAL.

El CRL vulneró la Ley de Protección de Datos en “La Oka”

La filtración por parte del Consejo de Relaciones Laborales (CRL) del listado de afiliadas a CNT en la empresa Ataco SL –propietaria de las tiendas de delicatesen conocidas como “La Oka”- constituye una infracción “muy grave”. Así lo ha dictaminado la Agencia Vasca de Protección de Datos, que ha analizado este caso ante las denuncias formuladas por la central anarcosindicalista.

Tal como hace algunos meses denunció CNT, el CRL hizo llegar a Ataco los nombres de las componentes de la sección sindical, lo que estuvo seguido de una serie de coacciones contra las trabajadoras que aparecían en dicho listado. La empresa en cuestión era dirigida entonces por Sonia Pérez Ezquerra, ex viceconsejera de Empleo del Gobierno Vasco durante el período de Patxi López como lehendakari. Asimismo, el abogado de la compañía era José Manuel Salinero Feijoo, secretario general de Presidencia en ese mismo gobierno del Partido Socialista de Euskadi (PSE).

“Es evidente la existencia en este caso de al menos una falta de diligencia plenamente imputable al CRL-LHK y más teniendo en cuenta que los datos comunicados son especialmente protegidos, datos que por sus características son especialmente sensibles, como son los de afiliación sindical”, sostiene la Agencia Vasca de Protección de Datos en su resolución. En tal sentido, advierte que “de nada sirve un procedimiento válido y adecuado para la seguridad de los datos si luego no es cumplido por los agentes intervinientes”. Leer más…

Sobre el nuevo calendario laboral

A finales de enero tod@s recibimos nuestro calendario anual. Es la primera vez en la que ningun@ debemos horas, algo que la ley no permite. Hemos dado un pequeño pero importante paso hacia unos horarios que faciliten la conciliación laboral y familiar, al tener claro desde ya los horarios que vamos a tener cada una de nosotras durante este año. Leer más…

Sobre el Calendario de 2014

Este martes hemos tenido un acto con la empresa en los juzgados respecto al calendario laboral de 2014, en la que defendíamos que estaba mal hecho. Antes del juicio llegamos a un acuerdo, ya que, como siempre hemos dicho, lo que queremos es que LAS COSAS SE HAGAN BIEN. Y el calendario es una de ellas.

En el acuerdo la empresa ADMITE que el calendario estaba mal, dándonos la razón; han tenido que pasar 11 meses para que lo reconozcan. Además, ATACO reconoce que la Sección Sindical tiene todos los derechos y facultades para hacer actividad sindical en la empresa. Por otra parte, la empresa se compromete a dar información y consultar a la sección sindical sobre el calendario del año que viene.

Entendemos que este acuerdo no habría sido posible sin las concentraciones, ni sin las reuniones con Inspección de Trabajo.

Desde la sección, vamos a seguir trabajando por unas mejores condiciones de trabajo para todos y todas, y es con la SOLIDARIDAD entre nosotr@s y ORGANIZÁNDONOS en la sección como podemos lograrlo.

Eli. Secretaria de Comunicación.

Guía Laboral: 7. Fiestas

Fiestas laborales

Características

  • Se fijan anualmente.
  • Tienen carácter retribuido y no recuperable.
  • No podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales. En cualquier caso se respetarán como fiestas de ámbito nacional las de la Natividad del Señor, Año Nuevo, 1 de Mayo como fiesta del Trabajo y 12 de Octubre como Fiesta Nacional de España.
  • Respetando las expresadas en el párrafo anterior, el Gobierno podrá trasladar a los lunes todas las fiestas de ámbito nacional que tengan lugar entre semana, siendo, en todo caso, objeto de traslado al lunes inmediatamente posterior el descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan con domingo.
  • Las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, podrán señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen a lunes. Asimismo, podrán hacer uso de la facultad de traslado a lunes las previstas en el párrafo anterior.
  • Si alguna Comunidad Autónoma no pudiera establecer una de sus fiestas tradicionales por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas nacionales, podrá, en el año que así ocurra, añadir una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce.

Guía Laboral: 6. Vacaciones

Vacaciones anuales retribuidas

Duración

Pactada en forma individual o colectiva. Nunca inferior a treinta días naturales.

Fecha de disfrute

  • Se fijará de acuerdo entre empresario y trabajador de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.
  • Si existe desacuerdo se presentará demanda ante la jurisdicción correspondiente, fijándose la fecha o fechas de disfrute, en sentencia no recurrible y en procedimiento sumario y preferente.
  • El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le corresponden dos meses antes, al menos, del comienzo previsto para las mismas.
  • Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 y 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que corresponden.
  • En el supuesto de que el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas anteriormente que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponda, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.
  • Las vacaciones no son sustituibles por compensación económica, salvo en caso de extinción de contrato de trabajo que imposibilite el disfrute de las mismas.
  • En las relaciones laborales de los trabajadores eventuales o de temporada, cuando las vacaciones legales mínimas no pudieran disfrutarse, porque el período de actividad en la empresa no coincidiera con el disfrute de las vacaciones, los trabajadores percibirán, conjuntamente con el salario, la parte proporcional correspondiente a las vacaciones.

Guía Laboral: 5. Permisos

Permisos retribuidos. Procedimiento, motivos y duración

Previo aviso y justificación posterior a la empresa el trabajador podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por algunos de los motivos y por el tiempo siguiente:

  • Matrimonio, quince días naturales.
  • Nacimiento de hijo o fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, dos días naturales o cuatro si se necesita desplazamiento.
  • Traslado de domicilio, un día.
  • Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo, por el tiempo indispensable. Cuando conste en una norma legal o pactada se estará a lo dispuesto para su duración y compensación económica. Si el trabajador percibe una indemnización, se le descontará del salario que corresponda.
  • Si supusiese la imposibilidad de prestación de trabajo en más del 20 por 100 en un período de tres meses, podrá la empresa pasar al trabajador a la situación de excedente forzoso.
  • El desempeño de funciones sindicales o de representación de personal, como la participación en comisiones negociadoras de convenios colectivos, siempre que la empresa esté afectada por la negociación, el tiempo necesario para el adecuado ejercicio de su labor.
  • Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.
  • Los trabajadores, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple. Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva. Este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres, pero sólo podrá ser ejercido por uno de los dos progenitores en caso de que ambos trabajen.
  • En los casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional del salario.
  • Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o a una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.
  • El desempeño de la función de jurado tendrá a los efectos del ordenamiento laboral la consideración de cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal.
  • Los períodos utilizados por los miembros del Comité, Delegados de empresa y Delegados de prevención, como crédito de horas mensuales para el desempeño de sus funciones.
  • Los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación vinculada al puesto de trabajo acumulables por un periodo de hasta cinco años. La concreción del disfrute del permiso se fijará de mutuo acuerdo entre trabajador y empresario.

 Permisos no retribuidos

Los cargos electivos a nivel provincial, autonómico o estatal, en las organizaciones sindicales más representativas tendrán derecho al disfrute de los permisos no retribuidos necesarios para el desarrollo de las funciones sindicales propias de su cargo, pudiéndose establecer, por acuerdo, limitaciones al disfrute de los mismos en función de las necesidades del proceso productivo.

Reunión en Inspección de Trabajo y sobre salud laboral

A primeros de septiembre la sección sindical se reunió en Inspección de Trabajo junto a la empresa para tratar diversas cuestiones. De todo lo que se habló, podemos resaltar las siguientes:

– La Inspectora dejó claro algo que nosotras ya sabíamos, pero que volvemos a resaltar frente a la empresa: la sección tiene todos los derechos sindicales que le corresponden por ley (le guste a la empresa o no). Algo a lo que la empresa dijo “que en esto eran nuevos”, excusa que no vale para nada.
– También nos instó a TODAS las partes (empresa y sección) a hablar y negociar, a lo que por nuestra parte mostramos toda nuestra disposición, como hemos hecho en todo momento; la empresa dijo que sí también; a ver si es cierto y cumple su palabra.

Sobre otras cuestiones, nuestra actividad sindical está teniendo sus frutos en lo que respecta a la salud laboral de las y los trabajadores.

En mayo propusimos a la empresa sentarnos para habla de cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos laborales, para mejorar nuestras condiciones de trabajo. A lo que la respuesta de la empresa fue no decir nada, que es lo que le importa nuestra salud.

A lo que informamos a la Inspección de Trabajo de los incumplimientos de la ley que hace ATACO SL, informando también a la empresa, y volviendo a proponerle hablar de estas cuestiones. A la empresa le seguía dando igual nuestra salud. Leer más…

Guía laboral: 4. Horas extraordinarias

Horas extraordinarias

 ¿Cuáles son?

  • Tendrán consideración de horas extraordinarias cada hora de trabajo que se realice sobre la duración máxima de la jornada ordinaria.
  • Su prestación es voluntaria, salvo pacto individual o colectivo.
  •  Se prohíbe su realización durante el período nocturno, salvo en los supuestos de jornadas especiales ampliadas reglamentariamente o cuando resulte necesario para prevenir y reparar siniestros  u otros daños extraordinarios y urgentes. Igualmente se prohíbe su realización a menores de 18 años.
  • A efectos del cómputo de horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el período fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente.
  • Los representantes de los trabajadores tendrán derecho a ser informados mensualmente por el empresario de las horas extraordinarias realizadas por los trabajadores, cualquiera que sea su forma de compensación, recibiendo a tal efecto copia de los resúmenes.

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Guía Laboral: 3. Calendario laboral

 Calendario laboral


Elaboración y trámites

  • Anualmente la empresa, tras consulta y previo informe de los representantes de los trabajadores, elaborará un calendario laboral que comprenderá el horario de trabajo y la distribución anual de los días de trabajo, festivos, descansos semanales o entre jornadas, y otros días inhábiles, teniendo en cuenta la jornada máxima legal o, en su caso, la pactada.
  • El calendario estará de acuerdo con la regulación que anualmente efectúa el Ministerio de Empleo y Seguridad Social de los días inhábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperables y los establecidos por cada Comunidad Autónoma y Ayuntamientos correspondientes, siendo catorce días la totalidad de éstos.
  • El calendario deberá exponerse en sitio visible en cada centro de trabajo.

Guía Laboral: 2. Jornada laboral

Jornada Laboral

 Duración

  • La duración de la jornada de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo.
  • La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
  • Mediante convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se podrá establecer la distribución irregular de la jornada a lo largo del año. En defecto de pacto, la empresa podrá distribuir de manera irregular a lo largo del año el 10 por ciento de la jornada de trabajo. Dicha distribución deberá respetar en todo caso los períodos mínimos de descanso diario y semanal y el trabajador deberá conocer con un preaviso mínimo de cinco días, el día y la hora de la prestación de trabajo resultante de aquella.

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Guía Laboral: 1. El salario

Durante las próximas semanas iremos subiendo al blog cuestiones básicas sobre legislación laboral, para que podáis consultarlo cuando lo necesiteís.

El salario

¿Qué es?

La totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, sin discriminación por razón de sexo, en dinero o en especie, por la prestación profesional de sus servicios laborales, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los períodos de descanso computables como de trabajo. En ningún caso, incluidas las relaciones laborales de carácter especial a que se refiere el artículo 2 del Estatuto de los Trabajadores,  el salario en especie podrá superar el 30 por 100 de las percepciones salariales del trabajador, ni dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero del salario mínimo interprofesional.

Composición del salario

La estructura del salario se establece mediante la negociación colectiva o, en su defecto, el contrato individual y deberá comprender:

  • El salario base.
    • Es la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra.
  • Complementos salariales.
    • Es la retribución fijada en función de circunstancias relativas a:
      • Las condiciones personales del trabajador.
      • Al trabajo realizado.
      • A la situación y resultados de la empresa.
        Puede pactarse que sean consolidables o no, no teniendo el carácter consolidable, salvo acuerdo en contrario, los que estén vinculados al puesto de trabajo o a la situación y resultados de la empresa.
    • Entre los complementos salariales que normalmente se pactan en la negociación colectiva cabe destacarse:
      • La antigüedad.
      • Las pagas extraordinarias.
      • La participación en beneficios.
      • Los complementos del puesto de trabajo, tales como penosidad, toxicidad, peligrosidad, turnos, trabajo nocturno, etc.
      • Primas a la producción por calidad o cantidad de trabajo.
      • Residencia en provincias insulares y Ceuta y Melilla, etc.

Cuando los salarios realmente percibidos en su conjunto y cómputo anual sean más favorables para los trabajadores que los fijados en el orden normativo o convencional, operará el principio de compensación y absorción entre ellos.

En cuanto a la cuantía del salario base y de los complementos salariares, incluidos los vinculados a la situación y resultados de la empresa, tendrá prioridad aplicativa el convenio colectivo de empresa respecto del convenio sectorial estatal, autonómico o de ámbito inferior. Leer más…

Lan Araudia / Normativa en materia laboral

Os pasamos un resumen de la normativa en materia laboral:

1.- AMIANTO

Real decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. BOE Nº 86 DE 11-4-2006 (Entrada en vigor: 11-10-2006)

2.- APERTURA DE CENTRO DE TRABAJO O REANUDACIÓN DE LA ACTIVIDAD  Y DOCUMENTOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre (2), que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. (BOE nº 256 de 24-10-1997).
Real Decreto-Ley 1/1986, de 14 de Marzo, de medidas urgentes administrativas, financieras, fiscales Y laborales
Artículo 29.3 del Real Decreto 39/1997, de 17 de Enero (3), por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (B.O.E. 27 de 31 de Enero de 1997)
Acuerdo Interprofesional en Materia de Salud y Prevención de Riesgos Laborales en la C.A.P.V. (3) 
Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto por el que se desarrolla la Ley 31/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción (3)
Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio
Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.
Orden TIN 1071/2010, de 27 de abril, sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de reanudación de actividades en los centros de trabajo

3.- ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA

Ley 1/1996, de 10 de enero, por la que se regula el derecho de Asistencia Jurídica Gratuita (BOE nº 11 de 12.01.1996), parcialmente modificada por la disposición final decimoquinta de la Ley 1/2000. de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (BOE nº 7 de 08.01.2000) y por la disposición adicional trigésima de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (BOE nº 313 de 30.12.2000).
Decreto del Gobierno Vasco nº 210/1996, de 30 de julio, de asistencia jurídica gratuita (BOPV nº 171 de 05.09.1996).
Decreto del Gobierno Vasco nº 48/2000, de 14 de marzo, sobre habilitación para la representación y defensa en procedimientos impugnatorios del derecho de asistencia jurídica gratuita (BOPV nº 62 de 29.03.2000).
Real Decreto 996/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el reglamento de asistencia jurídica gratuita. (BOE nº 188 de 7 de agosto de 2003). Leer más…

“La Ley de Mutuas ampara el terrorismo patronal”

El sindicato CNT ha llamado a luchar contra la nueva Ley de Mutuas impulsada por el gobierno español, al que ha acusado de “perpetrar un nuevo ataque contra los derechos de la clase trabajadora, que vuelve a quedar aún más desprotegida frente a los intereses de los empresarios”. “El terrorismo patronal, responsable de miles de muertos, cuenta con más armas para desangrarnos”,  ha advertido.

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“No contento con las sangrantes medidas tomadas hasta ahora, el gobierno de Mariano Rajoy –siguiendo los dictados del poder empresarial- pretende limitar un derecho muy básico: no ir a trabajar por causas de enfermedad”, ha señalado la central anarcosindicalista, que ha mostrado su “profunda preocupación” por las consecuencias de esta medida.

“Si te enfermas –ha subrayado-, tendrás que recuperarte en muy poco tiempo, o en caso contrario podrás perder tu puesto de trabajo”. En ese contexto, CNT ha advertido que “las mutuas, entidades privadas que defienden los intereses de la patronal, serán quienes decidirán sobre las trabajadoras y trabajadores con problemas de salud”. Leer más…

Lan arriskuen prebentzioa La Oka-n

Maiatza bukaeran enpresari idatzi genion bilera bat egiteko lan osasunari buruz hitzegiteko. Denok ezagutzen dugu gaur egungo denden egoera, zein baldintzatan dauden (zoruaren higadura, kableatze arriskutsua, nahikoa babesten ez duen lan materiala…). Gure helburua hau enpresari komunikatzea zen arazo guzti hauek konpondu ahal izateko.

Ez genuenez Gerentearen erantzunik jaso, gure Lan Osasun idazkariak, Ana, irregulartasunen berri eman zion Lan Ikuskaritzari eta Enpresa ere abisatua izan zen honi buruz.

Badirudi ATACO guk esandakoa kontuan hartu duela eta hobekuntza batzuk egiten ari da; ikusi beharko dugu ea hobekuntza hauek legeak eskatzen duenarekin bat datozen. Honek ere enpresak lan osasunaren inguruan IRREGULARTASUNAK egiten dituela badakiela esan nahi du. Izan ere behin Lan Ikuskaritza jakinaren gainean dagoela martxan jarri da, Sail sindikalaren ekintzari esker.

Hau Sail sindikalak hobekuntzak lortzen dituenaren adibidea da. Hobekuntza hauek oraindik txikia dira, eta bide luzea geratzen zaigu gure lan baldintzak duinak izan arte. Gure lehen aukera hizketa eta negoziazioa dirabeti, baina enpresa hitzegiteari uko egiten badio, existitzen diren baliabide legal guztiak erabiltzen ditugu legeagatik dagokiguna lortzeko.

Eli. SAIL SINDIKALAREN komunikazio idazkaria

Prevención de riesgos laborales en La Oka

A finales de mayo escribimos a la empresa pidiendo una reunión para hablar sobre cuestiones de salud laboral. Todos y todas conocemos el estado de las tiendas, las condiciones que tienen en la actualidad (desgaste de suelos, cableado peligroso, material de trabajo que protege insuficientemente…), y nuestra intención era ponérselo en conocimiento para que revirtiera la situación.

Al no obtener respuesta por parte de la Gerente, nuestra secretaria de Salud Laboral, Ana, procedió a informar a Inspección de Trabajo sobre las irregularidades, avisando a la empresa de este hecho.

Parece que ATACO ha tomado nota de lo que le dijimos, y está procediendo a hacer algunas mejoras; habrá que ver si cumplen con lo que legalmente se exige. Esto también significa que la empresa sabe que esta cometiendo IRREGULARIDADES en lo que a salud laboral respecta; una vez sabido que Inspección de Trabajo tiene conocimiento, se ha puesto en marcha, gracias a la acción de la sección.

Esto es un ejemplo de que desde la Sección se consiguen mejoras, pequeñas aun, porque nos queda mucho camino para que nuestras condiciones de trabajo sean dignas. Nuestra primera opción siempre es el diálogo y la negociación, pero si la empresa se niega a hablar, utilizamos todos los medios legales para lograr lo que nos corresponde por ley.

Eli. Secretaria de Comunicación de la SECCIÓN SINDICAL.

 

Fotos de la concentración del 24 de junio

Esta vez subimos fotos de la concentración del 24 de junio en la tienda de Bilbao C/ Marqués del Puerto. La solidaridad es nuestra mayor arma ante los ataques de l@s empresari@s y de los gestores, el miedo, algo que nos tenemos que sacudir para defender lo que nos pertenece con dignidad. Ni coacciones, ni […]

¡Otra victoria!

La semana pasada la sección sindical consiguió quese cumpliesen con los derechos de una de nuestras compañeras. La delegada sindical ha logrado el horario y tipo de contrato que debe tener por ley, que era lo que estaba pidiendo. La empresa se negó, luego se llegó a un acuerdo que la empresa incumplió y el jueves pasado se logró que ATACO cumpliera con lo firmado. Leer más…

Recogiendo frutos, la solidaridad

Como ya sabéis hemos realizado una concentración de apoyo a la reincorporación de María. Tenemos que recordar que ella fue despedida por una acción INJUSTA de la empresa por realizar la acciones de defensa de los intereses que como trabajadoras tenemos. El recibimiento que le hicimos tenía la intención de demostrar que nos debemos apoyar las unas con las otras, y que este sindicato y su sección sindical, como las que las componemos no dejamos a nadie en la estacada ni sola. Por ello también trasladamos a la clientela y negocios cercanos que, pese a la problemática laboral en la que estamos, seguimos trabajando como profesionales que somos, algo de lo que todas debemos estar orgullosas y orgullosos.

El sábado la delegada de personal de la empresa, nunca mejor dicho, de la empresa va intentar amedrentaros con lo malo de las acciones de SOLIDARIDAD, porque esa palabra tiende a contagiarse, y desean que tengáis miedo a perder el trabajo, a ser sancionadas, a que os cojan entre ceja y ceja.

Digan lo que digan, todas sabéis que las acciones que comete la empresa están impregnadas de injusticias, que la gerente de la empresa ha demostrado que no tiene intenciones de dialogar, pero sí de imponer, como lo hace con el calendario, o con los cambios de horarios para perjudicar a una trabajadora. Leer más…

Atzo geure lehenengo elkarretaratzea egin genuen gure lankideari ongi etorria emateko

Astelehen honetan, Maria berriro lanera bueltatu bezain pronto, ongi etorria egin diogu. Dendaren aurrean era baketsuan kontzentratu gara, La Okan gertatzen dena azaldu bai pasatzen ziren pertsonei, merkatal gune eta ostalaritza lokaletatik, harrera nahiko ona izaten.

Publikoari begira era profesionalean lan egiten dugu, baina honek ez du esan nahi enpresak eskubideak urratuz gugaz nahi duena egin dezakeela, horren aurrean ez gara isilik geratzen. Birritan baino gehiago enpresari hitz egiteko eskatu diogu, Garbisu eta Sonia Perezen erantzuna isiltasuna izaten.

Ekintza honekin, lanera bueltatzen den lankidea babesteaz gain, argi utzi nahi dugu geurea eta justua dena eskatzea ez gaituela beldurtzen, ezta egin behar duguna egiteagatik, ezta dagokiguna exijitzeagatik.

Baita ere gogoraztea soilik GUK, beldur barik, gure lan baldintza okerrak hobe ditzakegula.

Eli. SAIL SINDIKALAren Komunikazio Idazkaria

 

Ayer nos concentramos por primera vez para dar la bienvenida a nuestra compañera

Este lunes hemos dado la bienvenida a María, el mismo día de su reincorporación. Nos hemos concentrado pacíficamente frente a la tienda, y hemos informado de lo que está pasando en La Oka a las personas que pasaban, comercios y bares de la zona, mostrando su interés en nuestras malas condiciones de trabajo.

Trabajamos de cara al publico y somos profesionales; pero eso no quiere decir que cuando la empresa hace lo que le da la gana con nosotras, saltándose derechos por que sí, nos vayamos a estar calladas. Son más de dos las veces que hemos dicho a la empresa para hablar de cuestiones que nos afectan, y el silencio ha sido la respuesta de Garbisu y Sonia Pérez.

Con este acto, además de arropar a una compañera que se reincorpora, queremos dejar claro que no tenemos miedo de pedir lo que es justo, de exigir lo que nos corresponde.

Y también recordar que sólo TOD@S NOSOTR@S, sin miedo, podemos mejorar las malas condiciones laborales que tenemos.

Eli. Secretaria de Comunicación de la SECCIÓN SINDICAL

Ongi etorri Maria! Desde la sección te damos la bienvenida al trabajo

Casi un año después de que la empresa despidiera injustamente y sin razón a nuestra compañera, hoy se ha reincorporado al trabajo. Por eso le hemos hecho una bienvenida como ella se merece. Además, hemos aprovechado para informar a la clientela, viandantes, comercio y hostelería de la zona para contarle cuáles son nuestras condiciones y qué conflictos tenemos en la misma.

Aquí van unas fotos de la concentración.

Eli. Secretaria de Comunicación. Leer más…

“Prepotencia”, la forma de gestionar mal la empresa

Pese a que la Justicia la haya dicho claramente de que ATACO SL mentía, la empresa sigue en sus trece. Hace poco más de dos semanas tuvimos la noticia de que nuestra compañera María se reincorporaba; en la misma semana tuvimos un acto de conciliación con la empresa para arreglar una situación irregular de nuestra compañera Eli. La empresa, en vez de sentarse a dialogar y buscar un punto que sea provechoso para las dos partes, decidió no dialogar.

Desde la sección queremos solucionar los problemas (que crea la empresa) hablando, pero parece que tanto Garbisu como su gerente Sonia Pérez prefieren gestionar ATACO como su cortijo, en vez de hacerlo como profesionales.

Hasta ahora hemos sido muy tolerantes con la empresa, ya que nuestra motivación es la de mejorar nuestras condiciones mediante la palabra. Pero ante los ataques de la empresa a las trabajadoras, no nos vamos a quedar quietas. Y es ORGANIZADAS en la sección sindical como vamos a revertir la situación.

 

“Larderia”, enpresa oker kudeatzeko modua

Nahiz eta Justiziak esan ATACO SL-k gezurretan zegoela, enpresak bere horretan mantentzen da. Orain dela bi aste Maria gure lankidea lanera berriro bueltatuko zela jakin izan genuen; aste berean, Eli gure lankidearen adiskidetze-egintza izan genuen, jasaten duen egoera irregularra zuzentzeko. Enpresak, elkarrizketa eta guztientzat onuragarria den puntua bilatu beharrean, paso egin zuen, “talantea” eta “eztabaida” ez baitira beren gustuko.

Sail sindikaletik (enpresak sortutako) arazoak elkarrizketaren bitartez gainditu nahi ditugu, baina badirudi bai Garbisuk eta baita Sonia Pérezek ATACO beraien kortijo bezala kudeatu nahi dutela, era profesional batean egin beharrean.

Orain arte oso jasanberak izan gara enpresarekin, gure xedea lan balditzak negoziazioaren bitartez hobetzea baita. Baina enpresaren erasoen aurrean ez gara geldirik geldituko. Sail sindikalean ANTOLATURIK egoera hau aldatuko dugu.

 

Estatuto de las trabajadoras

Buenas,

Esta vez os ponemos el link al Estatuto de Las Trabajadoras, para que tengaís de consulta, tanto en PDF como en formato ePub (para leer en libros electrónicos):

https://www.boe.es/buscar/epub/1995/BOE-A-1995-7730-consolidado.epub

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-7730

¡Hemos ganado! ¡Nuestra compañera se reincorpora al trabajo!

Os informamos de que nuestra compañera María se reincorpora al trabajo en junio, después de que los juzgados hayan dicho que su despido era nulo, lo que obliga a la empresa a reincorporarla al trabajo inmediatamente.

Esto es una gran noticia. Por un lado, porque confirma lo que desde la sección llevamos diciendo desde el principio: la empresa la despidió como venganza por participar en las reuniones para lograr un mejor convenio durante el año pasado, y no porque era una “mala o ineficiente” trabajadora, algo a lo que la Justicia ha dicho que es totalmente falso.

Por otro lado, nos demuestra que la empresa no puede hacer lo que le venga en gana con nosotras. Y esto es muy importante: no debemos tener miedo de hacer lo que debemos, de pedir lo que es justo, de exigir lo que nos corresponde.

También deja clara una cosa: solo NOSOTR@S, trabajando en la sección sindical y haciendo actividad sindical organizada, sin miedo, podemos mejorar las malas condiciones laborales que tenemos.

SECCIÓN SINDICAL DE CNT en ATACO

 

Irabazi dugu! Gure lankidea lanera bueltatuko da!

Maria gure lankidea ekainean lanera bueltatuko da!

Auzitegiek beren kaleratzea baliogabe dela esan dute, enpresari lanera lehen bai-lehen buelatzeko agindua emanez.
Berri oso on bat da. Alde batetik, hasieratik sail sindikalak esandakoa berresten baitu: enpresak gure lankidea kaleratu zuen mendeku gisa, lan hitzarmen hobe bat lortzeko negoziazioetan parte hatu zuelako eta ez langile “txarra edo ez-eraginkorra” zelako, azken hau Justiziak gezurra dela esan baitu.
Beste aldetik, enpresak gurekin nahi duena ezin duela egin erakusten baitu. Hau oso garrantzitsua da: ez dugu beldurrik izan behar, ez geurea eta justua dena eskatzeagatik, ezta egin behar duguna egiteagatik, ezta dagokiguna exijitzeagatik.
Guzti honek argi uzten du gauza bat: soilik GUK, sail sindikalean lan eginez eta antolatutako ekintza sindikala egiten, beldur barik, gure lan baldintza okerrak hobe ditzakegu.

CNTko Sail Sindikala

Enpresak epaitegian sinatutakoa ez du betetzen

Apirilaren 28an, enpresak epaiketa izan zuen, atal sindikaleko kide baten kontratua lege-iruzurrean egin bai-tzuen ATACO SL-k.

Atal sindikalaren borondate onaren erakusle moduan, negoziazio eta elkarrizketaren bitartez lan baldintzak hobetu nahi ditugulako, epaiketa baino lehenago akor-dio batera heldu zen. Akordio horretan Atal Sindikalak eskatutakoa islatzen zuen: lege barnean dagoen lan kontratua, iruzurrean zegoen aldizka-finko batetik kon-tratu finko batera aldatuz, beste kontuen artean.

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La empresa incumple lo pactado frente al secretario judicial

El pasado 28 de abril la empresa tuvo juicio con una compañera de la sección sindical, ya que el contrato hecho por ATACO SL estaba en fraude de ley.

Como ejemplo de la buena voluntad de la sección sin-dical, ya que nos interesan mejorar las condiciones mediante el diálogo, previo al juicio se llegó a un acuerdo, en el que se reflejó lo que se pedía desde la Sección: un contrato de dentro de la legalidad, pasando de ser fijo-discontinuo en fraude a uno fijo, entre otras cuestiones. Leer más…

Maiatzaren lehena:”Beldurra gainetik astindu behar dugu”

“Langileriak jasotzen dituen eraso, beldurra, gehiegikeriak eta lan baldintza prekarioen aurrean, Kapitalari aurre egiteko eta kolpe gehiagorik onartuko ez ditugula milaka pertsona kalera atera dira”. Hauxe izan da CNTk Maiatzaren Lehenenean egindako mobilizazioen balorazioa Euskal Herrian, erakunde anarkosindikalista Dosnostian, Gasteizen, Bilbon eta Iruñean kalera atera baita.

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1 de Mayo: “es hora de que el miedo cambie de bando”

“Pese a todos los ataques que está soportando la clase trabajadora; pese al miedo, los abusos y las condiciones de trabajo precarias, miles de personas han salido a la calle para plantar cara al Capital y decirle que no vamos a tolerar ni un golpe más”. Así se ha manifestado CNT en su valoración del 1 de Mayo en Euskal Herria, donde la organización anarcosindicalista ha realizado movilizaciones en Donostia, Gasteiz, Bilbao e Iruñea.

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Primero de Mayo / Maiatzaren Lehena: por dignidad

La sección sindical de CNT en ATACO hace un llamamiento a participar en los actos del 1º de mayo para reivindicar nuestros derechos. ¡Anímate y pasate este jueves!

ATACO SLko CNTren atal sindikalak maiatzaren lehenean egindakomanifestazioetan parte hartzeko deia zabaltzen dugu. Anima zaitez eta ostegun honetan pasa zaitez!

Bilbao: A las 11.30, manifestación desde Gran Vía 56-58, frente a la cafetería Toledo / Manifestazioa Kale Nagusian, 56-58 zenbakitik hasiz (Toledo taberna ondoan), 11.30tan.

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El sindicato CNT ha llamado a participar en las distintas movilizaciones previstas para este 1 de Mayo en Euskal Herria, donde la organización anarcosindicalista se movilizará en distintas ciudades. De cara a esa jornada, CNT ha dado a conocer un manifiesto en el que reivindica el carácter combativo de esta jornada y anima a “luchar desde abajo” contra el Capital y sus cómplices.

A continuación reproducimos el manifiesto de CNT para este Primero de Mayo (más abajo en euskera). Leer más…

El Consejo de Relaciones Laborales filtra nombres de afiliadas a CNT

La institución pública envió a ATACO SL, propietaria de las tiendas “La Oka”, el listado de trabajadoras adheridas a este sindicato. La directora de esta cadena de delicatesen, Sonia Pérez Ezquerra, fue viceconsejera de Trabajo en el gobierno de Patxi López

El sindicato CNT ha mostrado su “estupor” ante un hecho extremadamente grave: el Consejo de Relaciones Laborales ha filtrado a Ataco SL -propietaria de las tiendas de delicatesen conocidas como “La Oka”- los datos de sus afiliadas en dicha empresa. Leer más…

8 de marzo: Nada que celebrar, todo por ganar

“El 8 de Marzo debe servir para recordar a los explotadores y explotadoras que la mujer trabajadora sigue en la lucha y que no va a ceder en la reivindicación de sus derechos”. Así se ha manifestado el sindicato CNT de cara a un nuevo Día Internacional de la Mujer Trabajadora, una jornada que este año estará marcada por el enésimo ataque contra sus derechos: la ley contra el aborto que impulsa el gobierno de Rajoy.

Animamos a participar en las manifestaciones que se van a celebrar este 8 de marzo. En Bilbao se celebrará a las 19:00 horas en el Arriaga.

A través de una nota de su Secretariado Permanente, la organización anarcosindicalista destaca que frente a este nuevo 8 de Marzo “no hay nada que celebrar y sí todo por ganar”. “La mujer trabajadora –subraya CNT- sufre de manera más contundente la explotación, la desigualdad y la pobreza en este mundo regido por el capitalismo, más aún si cabe en momentos de crisis o de reestructuración del modelo capitalista como el que actualmente sufrimos”.

8 marzo 2014

En tal sentido, este sindicato advierte que “las mujeres trabajadoras ven ahora cómo se las presiona para retirarlas del mundo laboral, conminándolas a volver al ámbito de lo doméstico, insistiendo con discursos que valoran la maternidad y el papel de cuidadora que históricamente les han sido adjudicados”. “En los momentos actuales, trabajar es un derecho que no debería cuestionarse, pues es el salario lo que nos garantiza la autonomía sin estar condenadas a la dependencia económica de otras personas”, puntualiza. Leer más…

Después de la reunión en el PRECO, la empresa sigue con la misma actitud lejos del diálogo

(Euskeraz, beherago)

Como ya sabréis, este martes tuvimos reunión en el PRECO para lograr una salida al problema que han planteado los calendarios hechos por la empresa.

La postura de CNT fue la de sentarse a hablar y pedir a la empresa que explicara a las trabajadoras y trabajadores de ATACO sobre los horarios de cada uno; y que esos calendarios se ajusten a la legalidad vigente, algo que siempre debería hacer.

El papel de la empresa fue la de negarse a hablar, en una actitud para nada constructiva. La empresa tiene una responsabilidad respecto a la elaboración de los horarios, y la está eludiendo y mareando la perdiz en vez de hacer bien su trabajo.

Os instamos a que ante cualquier duda, lo consulteís con las representante sindical de la sección.

SECCIÓN SINDICAL DE CNT en ATACO

https://laokacnt.wordpress.com

 

Jakingo duzutenez, astearte honetan PRECOn batzarra izan genuen egutegien inguruan enpresak sortutako arazoak gainditzeko.

Jesarri eta hitz egitea izan zen CNTren jarrera, enpresari eskatuz ATACOren langile guztiei  bakoitzaren ordutegiei buruz azaltzeko, eta egutegi horiek legearen menpean egin ditzala.

Enpresaren jarrera, aldiz, erabat ezberdina izan zen: ez zuen ezer buruz hitz egin nahi. Egutegiak egiten direnean enpresak erantzukizun zuzena du eta hau saihesten ari da, egun batean gauza bat esaten, bestean beste bat eginez… beren lana egin beharrean.

Edozein duda izatekotan, ordezkari sindikalarekin hizt egin ezazue.

ATACO enpresako CNTren SEKZIO SINDIKALA

https://laokacnt.wordpress.com

 

Atal sindikalak egutegia inpungatu du

Jakingo duzutenez, egutegien inguruan enpresak izan duen planifikazio txarra dela eta, PRECOra jo dugu arazo hau gainditzeko. Horrez gain, enmpresak egin dituen egutegien aurka egin dugu, legeak ezartzen duena aplika dadin.

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La sección impugna los calendarios de la empresa

Como ya sabréis, debido a la mala planificación por parte de la empresa a la hora de elaborar los calendarios, hemos procedido a acudir al PRECO para buscar una solución a este problema, además de impugnar los mismos, para que hagan unos nuevos horarios acorde a lo que marca la legislación. Leer más…

Información sobre bajas

Esta vez os adjuntamos información de la Seguridad Social donde se informa sobre las bajas (incapacidades temporales por contingencias comunes, por accidente laboral y enfermedad profesional).

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Auzitegiak ATACO SL-k gezurretan dabilela baieztatu du

Dakizuenez, gure lankide Mariaren kaleratze epaiaren berri izan dugu. Epaitegiak argi utzi du enpresak gezurretan zebilela gure lankideak egunero egiten zituen jarduerak txarto eginak zituela esaten zuenean. Gure lankide Maria langile bikaina dela eta ez zela kaleratua izan behar da honen ondorioa. Leer más…

El juzgado afirma que ATACO SL miente

Como ya sabéis nos ha sido notificada la sentencia del despido de María, nuestra compañera. En ella el juzgado da por acreditado que la empresa mentía literalmente cuando afirmaba que nuestra compañera no desempeñaba con esmero sus tareas diarias. La conclusión no puede ser otra que María es una excelente trabajadora y que no debería ser despedida. Leer más…

Comentario sobre los cambios en contratos a tiempo parcial y sobre cotizaciones a la seguridad social

Esta vez os subimos un comentario sobre la reforma laboral que se ha hecho a finales de 2013, donde se introducen modificaciones a los contratos a tiempo parcial, y se incluyen cambios en las cotizaciones a la seguridad social (resumidas en cuadros al final del documento)

Pinchad sobre Comentario RDL 16-2013  para descargároslo.

La empresa entra en razón y accede a las peticiones hechas por la trabajadora

A mediados de octubre os informamos de que la empresa estaba vulnerando el derecho de lactancia de una de nuestras compañeras. Pues venimos con buenas noticias, ya que al final la empresa ha tomado una decisión favorable para la compañera de trabajo gracias al trabajo hecho por la sección sindical.

Ante esta grave situación, desde la sección sindical de CNT actuamos en consecuencia, informando a Inspección de Trabajo e interponiendo una denuncia ante el mismo. De esta manera la empresa entró en razón y accedió a negociar y respetar los derechos de la trabajadora, por lo que vista la disposición de la empresa, retiramos la denuncia. La empresa ha aceptado respetar el derecho de nuestra compañera.

Con esto queremos dejar claro que la forma de que se respeten nuestros derechos pasa por organizarse y actuar. Si tienes cualquier cuestión o si te están vulnerando derechos, no dudes en contactar con la sección.

Sobre el nuevo convenio de comercio alimentación

El 30 de septiembre la Patronal de Comercio de Bizkaia CECOBI y los sindicatos CC.OO, LAB y UGT firmaron el nuevo convenio provincial hasta diciembre de 2014. Este nuevo convenio tiene novedades que explicamos en las siguientes líneas.

El contexto a la hora de negociar no es el mejor para pactar mejoras en las condiciones laborales. Las reformas laborales han dado más poder a las patronales, y a nivel sectorial se está pactando como mucho la defensa de las condiciones actuales. Desde CNT no podemos defender que la firma de este convenio no suponga retroceso alguno en los derechos y condiciones laborales, ya que las pocas novedades firmadas suponen empeoramientos objetivos de las condiciones.

Las novedades del convenio no suponen mejora alguna.

Los salarios reales disminuyen

En lo que los sindicatos firmantes han acordado con la patronal respecto a los salarios, lo firmado supone un empeoramiento de los mismos. En el periodo que va entre 2009 y 2012 los salarios no aumentan; la subida que se pacta en 2013 está por debajo del aumento del coste de vida durante este año; y para más inri, lo pactado para 2014 es como mínimo un 25% menor que el aumento del coste de vida. Lo que hace con este pacto es disminuir los sueldos y su capacidad adquisitiva entre 2009 y 2014, no podemos hablar ni de lejos de subidas salariales, solo de disminución de los salarios reales. Ni siquiera mantenimiento, porque para eso debería haberse pactado una subida igual al IPC real año a año. Leer más…

Informe sobre la reforma laboral

Subimos el informe que se hizo desde el sindicato para que todas y todos podamos estar mejor informados sobre lo que ha supuesto la reforma laboral y cómo nos afecta en nuestro día a día. ¡Que os sea de provecho!

Pincha aquí para descargar el informe sobre l reforma laboral de 2012 (en formato PDF).

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ATACO SL no respeta el permiso de lactancia de sus trabajadoras

Queremos informaros de que tras la negación por parte de la empresa a respetar el permiso de lactancia de una compañera nuestra, dese la Sección Sindical de CNT hemos actuado en consecuencia. La empresa ha vulnerado un derecho básico de una compañera de trabajo, por lo que la Sección Sindical ha presentado una denuncia ante Inspección de Trabajo para dar una salida a esta situación en la que se respete su derecho. La empresa también ha sido informada para que rectifique la situación que la misma ha creado. Para cualquier duda o cuestión que tengaís, saber que nos teneís a vuestra disposición.

Enpresak gure lankide baten edoskitze eskubidea hautsi duenez, egoera hau aldatzeko CNTren Atal Sindikalak neurriak hartu dituela jakinarazi nahi dizuegu. Edoskitzeko baimena oinarrizko eskubide bat da eta enpresak hau urratu du. Hau dela eta Atal Sindikalak Lan-Ikuskaritzan salaketa bat jarri du, eskubide hau errespetatzen duen irtenbide bat bilatzeko nahian. Enpresa ere informatu dugu berak sortarazi duen arazoa zuzen dezan. Edozein zalantza izatekotan, jakin dezue zeuen eskura gaudela.